POR EL CUAL SE ADICIONA EL TÍTULO 17 A LA PARTE 2 DEL LIBRO 2 DEL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, DECRETO 1078 DE 2015, PARA REGLAMENTARSE PARCIALMENTE EL CAPÍTULO IV DEL TÍTULO III DE LA LEY